INGRESO MÍNIMO VITAL
Concepto
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos.
Parte de una amplia tipología de hogares (en función del número de miembros y de si son monoparentales) y establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar. El nivel mínimo, que corresponde a los hogares unipersonales, es de 5.538 euros al año, el equivalente a una pensión no contributiva. A partir de esta cuantía se establece un coeficiente adicional por cada miembro del hogar y un beneficio para los hogares monoparentales, según se indica en la tabla inferior. |
Dirigido a
- El titular será una persona entre 23 y 65 años, o menor de edad con hijos a cargo.
- Por cada hogar habrá un titular que solicite la prestación.
- Hogares de distinto tamaño, incluso unipersonales.
- Con residencia legal y efectiva en España (al menos 1 año ininterrumpido) excepcionando situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual).
- Si el hogar está formado por una sola persona el titular tendrá entre 23 y 65 años y llevar al menos tres años constituido como hogar.
- Si el hogar tiene dos o más miembros, de manera general la edad del titular estará entre 23 y 65 años salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo. Estos hogares deberán llevar constituidos al menos un año.
- Ingresos totales del hogar inferiores a la renta garantizada.
- Es compatible con ingresos laborales, siempre que no se supere el umbral establecido.
- Patrimonio (se excluye la vivienda habitual) inferior a 3 veces la renta garantizada para un hogar unipersonal con una escala de incrementos por hogar.
- La solicitud se realizará a través de www.seg-social.es o enviando la documentación por correo ordinario postal,
- Habrá un teléfono de información 900 y un asistente virtual y un simulador
- El acceso podrá realizarse a través de ayuntamientos tras la firma de los convenios previstos.
El plazo para solicitar el Ingreso Mínimo Vital se inicia el lunes 15 de junio de 2020 con efectos retroactivos desde el 1 de junio (las solicitudes que se presenten en un plazo de 3 meses). |
El pago será mensual y se cobra en 12 pagas. |
ENLACE A LA LEY:
ingreso minimo vital BOE-A-2020-5493