¿Pagan las asociaciones en el impuesto de sociedades?
Febrero 2015
Las asociaciones con ingresos exentos inferiores a 50.000 euros no deberán presentar Impuesto sobre Sociedades.
Las asociaciones de carácter social, deportivas, de padres, asociaciones de vecinos, etc., no estan obligadas a presentar declaración por el Impuesto sobre Sociedades, a no ser que estén en alguno de los siguientes supuestos:
- Hubiesen obtenido ingresos por actividades ajenas a su objeto social (actividades económicas, alquileres, intereses, etc.). Excepto que dichos ingresos fuesen inferiores a 2.000 euros y estuviesen sometidos a retención.
- O si sus ingresos totales, es decir los no exentos y los exentos, (cuotas de asociados, colaboradores o benefactores) superaban los 100.000 euros.